Normativa vigente

Familiares de ciudadano español

Régimen aplicable al cónyuge, pareja registrada, descendientes y ascendientes a cargo de una persona española. Tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión.

Por Elena Navarro

Ficha rápida

Normativa aplicable
RD 240/2007 + DA 19ª Reglamento LOEX (vía DF 3ª RD 240/2007), interpretado conforme a STS 1 de junio de 2010
Quién puede solicitarlo
Familiares no españoles de una persona de nacionalidad española (cónyuge, pareja registrada, descendientes <21 o a cargo, ascendientes a cargo)
Plazo de resolución
Solicitud de la tarjeta en 3 meses desde la entrada en España. Resolución favorable en 3 meses (art. 8.3 RD 240/2007); silencio positivo (art. 12)
Coste (tasas)
Tasa por la expedición de la tarjeta (equivalente a la de DNI); visado gratuito y de tramitación preferente si procede
Última revisión
12/04/2026

Aplica a

Perfiles
FamiliaresCiudadanos UE
Última revisión: Publicado: