Normativa vigente

Familiares de ciudadano de la UE, EEE o Suiza

Régimen aplicable al cónyuge, pareja, hijos y ascendientes a cargo de un ciudadano UE/EEE/Suiza. Tarjeta de familiar de la Unión y requisitos del art. 7.

Por Marcos Delgado

Ficha rápida

Normativa aplicable
RD 240/2007, arts. 2, 2 bis, 7 y 8 (transposición Directiva 2004/38/CE)
Quién puede solicitarlo
Familiares no comunitarios de un ciudadano UE/EEE/Suiza que reside en España cumpliendo los requisitos del art. 7 (trabajador, recursos suficientes, estudiante o familiar a cargo de uno de los anteriores)
Plazo de resolución
Solicitud de la tarjeta en 3 meses desde la entrada en España. Resolución favorable en 3 meses (art. 8.3); silencio positivo (art. 12)
Coste (tasas)
Tasa de tramitación de la tarjeta (equivalente a la del DNI español)
Última revisión
12/04/2026

Aplica a

Perfiles
FamiliaresCiudadanos UE
Última revisión: Publicado: