Normativa vigente

Plazos reducidos de nacionalidad (1, 2 y 5 años)

Supuestos del art. 22 Cc en los que el plazo general de 10 años de residencia para la nacionalidad española se reduce a 5, 2 o 1 año.

Por Javier Costa

Ficha rápida

Normativa aplicable
Código Civil, art. 22.1 y 22.2
Quién puede solicitarlo
Personas extranjeras que encajen en alguno de los supuestos tasados (refugiados, iberoamericanos, matrimonio, nacidos en España, etc.)
Plazo de resolución
1, 2 o 5 años de residencia legal, según el supuesto
Coste (tasas)
Tasa del procedimiento + tasas CCSE y DELE A2 cuando procedan
Última revisión
11/04/2026

Aplica a

Perfiles
TrabajadoresRecién llegadosFamiliaresSolicitantes de asilo
Última revisión: Publicado: