Ley 28/2022: Startups
Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes
- Materia
- Régimen fiscal, laboral y administrativo específico para empresas emergentes (startups). En materia migratoria, su aportación clave es la ampliación de la Ley 14/2013 para crear la autorización de residencia del teletrabajador de carácter internacional (nómada digital) y facilitar la atracción de talento remoto.
- Identificador BOE
- BOE-A-2022-21739
- Publicación
- 22 de diciembre de 2022
- Entrada en vigor
- 01 de enero de 2023
- Descargar
Resumen
La Ley 28/2022, popularmente conocida como "Ley de Startups", introduce un régimen de fomento para las empresas emergentes (fiscalidad, stock options, visados). En el plano migratorio, su aportación más relevante es haber modificado la Ley 14/2013 para añadir la figura del teletrabajador internacional o "nómada digital", que permite a profesionales que trabajan en remoto para empresas extranjeras residir legalmente en España.
La Ley 28/2022 es la Ley de Startups. Aunque su contenido principal es fiscal y administrativo, desde el punto de vista de extranjería introduce dos cambios importantes:
- Teletrabajador internacional: modifica la Ley 14/2013 para crear una autorización de residencia pensada para personas que trabajan en remoto para empresas no radicadas en España. Popularmente se conoce como “visado de nómada digital”.
- Agilización de los procedimientos de la Ley 14/2013 para perfiles cualificados.
Los requisitos concretos del nómada digital (actividad profesional efectiva, antigüedad en la relación laboral, porcentaje máximo de clientes españoles, medios económicos, seguro de salud) están detallados en la Ley 14/2013 ya reformada.