Orden ISM/164/2026: Registro de colaboradores
Orden ISM/164/2026, de 2 de marzo, por la que se regula el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería
- Materia
- Creación y régimen jurídico del Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería. Regula qué entidades pueden inscribirse (principalmente organizaciones sin ánimo de lucro, colegios profesionales y representantes cualificados) para poder presentar por vía electrónica solicitudes de extranjería en nombre de personas interesadas.
- Identificador BOE
- BOE-A-2026-5128
- Publicación
- 05 de marzo de 2026
- Entrada en vigor
- 06 de marzo de 2026
- Descargar
Resumen
La Orden ISM/164/2026 desarrolla el art. 197 del RD 1155/2024 creando el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería. Habilita a determinadas entidades (ONGs, colegios profesionales, representantes cualificados) para presentar solicitudes electrónicamente en nombre de personas interesadas. Facilita el acceso a los trámites, sobre todo a personas en situación de vulnerabilidad.
La Orden ISM/164/2026 regula el Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería, una figura creada por el artículo 197 del Real Decreto 1155/2024.
Su finalidad es habilitar a determinadas entidades (organizaciones del tercer sector, colegios profesionales y representantes cualificados) para presentar electrónicamente solicitudes de extranjería en nombre de personas interesadas. Se trata de una vía adicional de representación, que no excluye ni limita las formas ya previstas en la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Su impacto práctico está principalmente en personas en situación de vulnerabilidad, que podrán apoyarse en entidades registradas para canalizar sus trámites sin tener que enfrentarse directamente a la plataforma electrónica.