¿Qué fecha de corte tendré que cumplir para acreditar permanencia?
La fecha de corte exacta depende del texto que acabe publicándose en el BOE y a día de hoy no está fijada. Lo sensato es preparar documentación para cualquier fecha cercana al 31 de diciembre de 2025, sin darla por segura.
Una de las grandes incógnitas de la regularización 2026 es la fecha de corte: el día en que tendrás que acreditar que ya estabas en España para poder acogerte a la medida. Esta fecha es crítica porque divide a quienes van a poder solicitarla de quienes no.
Por qué esto importa tanto
La fecha de corte determina qué pruebas de permanencia valen. Si la fecha fuera, por ejemplo, el 31 de diciembre de 2025, necesitarías acreditar que ya estabas en España antes de ese día. Un empadronamiento posterior no serviría para ese trámite (aunque sí es útil por otros motivos).
Qué hacer con esta incertidumbre
La estrategia prudente es acumular pruebas que cubran fechas anteriores a cualquier corte razonable. Si tus documentos alcanzan hasta finales de 2025 o principios de 2026, estarás cubierto en la mayoría de escenarios posibles.
Pruebas útiles para acreditar permanencia previa
- Certificado histórico de empadronamiento (el más importante)
- Contratos de alquiler o suministros a tu nombre
- Recibos de envíos de dinero al extranjero desde España
- Informes médicos y certificados de atención sanitaria
- Volantes escolares o informes de profesores de tus hijos
- Cualquier documento oficial con tu nombre y fecha
Qué no hacer
Esta respuesta se actualizará en cuanto el BOE publique la norma con la fecha de corte definitiva.