TIE: Tarjeta de Identidad de Extranjero
Qué es la TIE, cuándo se solicita, dónde se tramita y cómo funciona su renovación. El documento físico que acredita que tu residencia en España está en vigor.
Ficha rápida
- Normativa aplicable
- RD 1155/2024, art. 209
- Quién puede solicitarlo
- Toda persona extranjera con visado o autorización para permanecer en España más de 6 meses
- Plazo de resolución
- 1 mes desde la concesión de la autorización o desde la entrada en España
- Coste (tasas)
- Tasa modelo 790 cód. 012, aprox. 16,08 € (expedición o renovación)
- Última revisión
- 12/04/2026
La TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) es el documento físico que acredita que una persona extranjera tiene autorización para residir en España. Contiene el NIE, la fotografía, las huellas dactilares, el tipo y la vigencia de la autorización y, en su caso, la autorización para trabajar. Sin la TIE, la autorización administrativa existe pero no se puede probar en el día a día: no podrás demostrar tu situación legal ante la policía, ante un empleador o ante una entidad bancaria.
TIE no es NIE
Aunque en conversaciones informales se usan como sinónimos, son cosas distintas:
- El NIE es un número personal, único y permanente. No caduca. Se asigna una única vez.
- La TIE es una tarjeta física con vigencia limitada que acredita una autorización concreta. Caduca con la autorización. Se renueva cuando se renueva la autorización.
Toda persona con TIE tiene NIE (aparece impreso en el anverso de la tarjeta). Pero puedes tener NIE sin tener TIE: por ejemplo, si lo pediste para comprar una vivienda, abrir una cuenta bancaria o heredar, sin tener autorización de residencia.
Cuándo se solicita
Según el artículo 209.1 del Reglamento, debes solicitar la TIE si te han concedido:
- Un visado que te permita permanecer en España más de 6 meses (por ejemplo, visado de estudios de larga duración, visado de residencia y trabajo, visado de reagrupación familiar).
- Una autorización de residencia concedida estando ya en España (arraigo, modificación, protección internacional, regularización extraordinaria cuando exista, etc.).
- Cualquier renovación o modificación de una autorización anterior.
Si tu visado o autorización es por un periodo igual o inferior a seis meses, no necesitas TIE: te basta con el propio visado o la resolución administrativa.
Paso a paso
Paso a paso
- Reúne la documentación
Ver la checklist más abajo. La documentación varía ligeramente según el tipo de autorización, pero el núcleo siempre es el mismo: pasaporte, resolución favorable, fotos, empadronamiento y tasa.
- Paga la tasa (modelo 790, código 012)
La tasa aproximada de expedición o renovación de la TIE es de 16,08 € (importe orientativo; se actualiza anualmente). El modelo se descarga de la web de la Policía Nacional, se rellena con tus datos y se paga en cualquier banco colaborador o por banca electrónica. Guarda el justificante sellado.
- Pide cita previa en la Comisaría de Policía
La cita se pide en la sede electrónica de la Policía seleccionando el trámite “Toma de huella (expedición de tarjeta) y recogida de tarjeta” (o similar, según tu provincia). La competencia es de la comisaría del lugar donde resides. Consulta la ficha de cita previa si no encuentras hueco.
- Acude a la cita de huellas
Preséntate el día de la cita con toda la documentación. Te tomarán las huellas dactilares y la fotografía biométrica. En ese momento entregas la solicitud y todos los documentos. Te darán un resguardo que indica cuándo podrás volver a recoger la tarjeta.
- Vuelve a recoger la tarjeta
Normalmente entre 30 y 45 días después. Llevas el resguardo, el pasaporte y, en su caso, la TIE caducada. La tarjeta se entrega personalmente: no se puede recoger por terceros salvo representación acreditada en casos muy concretos.
Documentación
Documentación común para la TIE
- Modelo oficial EX-17 cumplimentado (tarjeta de identidad de extranjero) por duplicado
- Pasaporte completo en vigor (original y copia)
- Resolución favorable de la autorización de residencia (o visado en su caso)
- Justificante de empadronamiento en vigor (imprescindible para identificar la comisaría competente)
- Tres fotografías recientes tamaño carnet, fondo blanco
- Justificante del pago de la tasa modelo 790 código 012
- En autorizaciones de trabajo: comunicación del alta en la Seguridad Social, cuando sea requerida
Renovación
La TIE no se renueva por sí sola: se renueva la autorización de residencia subyacente, y como consecuencia se emite una nueva TIE adaptada a la nueva vigencia. Los pasos son los mismos (solicitud, tasa, huellas, recogida) pero la documentación acredita que has renovado la autorización, no que acabas de obtenerla.
Pérdida, robo o deterioro
Según el artículo 209.9 del Reglamento, el extravío, destrucción o inutilización de la TIE lleva consigo la expedición de una nueva tarjeta, que no se considera renovación y tiene vigencia por el tiempo que le faltara a la sustituida. Pasos:
- Denuncia ante la Policía Nacional (en caso de robo o pérdida).
- Solicitud de duplicado con modelo EX-17, tasa (modelo 790 cód. 012) y copia de la denuncia.
- Cita en comisaría para huellas y foto (se mantiene el NIE original).
Preguntas frecuentes
¿Puedo pedir cita para la TIE antes de tener la resolución?
No. Necesitas la resolución favorable de la autorización (o el visado, si vienes con visado de larga duración) para poder aportarla en la solicitud. Sin resolución no hay trámite.
¿Puede ir un familiar a recoger la TIE en mi nombre?
Con carácter general, no. El artículo 209.11 establece que la TIE se entrega personalmente al titular, que debe acreditar ser el destinatario. Solo se admite representación acreditada en casos muy concretos (menores, personas con discapacidad acreditada, etc.).
¿Qué pasa si no la pido en el plazo de un mes?
Has incumplido una obligación administrativa y puedes ser sancionado conforme al régimen de la LOEX (art. 209.4). En la práctica las comisarías siguen aceptando solicitudes fuera de plazo razonable, pero es mejor no arriesgarse: pide cita cuanto antes, aunque la cita presencial te la den para varias semanas después.
¿La TIE vale como documento de viaje?
No. La TIE acredita tu situación legal en España, pero no sustituye al pasaporte. Para entrar o salir del país necesitas el pasaporte vigente del país del que eres nacional, más la TIE en vigor para acreditar el derecho a volver a España.