Normativa vigente
¿Ya puedo presentar la solicitud de regularización 2026?
Sí. La vía telemática está abierta desde el 16 de abril de 2026 y la presencial desde el 20 de abril (con cita previa). El plazo se cierra el 30 de junio de 2026.
Sí. El Real Decreto 316/2026 entró en vigor el 16 de abril de 2026 y abrió el plazo para solicitar las dos nuevas vías de arraigo extraordinario.
Qué vía te corresponde
- D.A. 20.ª: si presentaste solicitud de protección internacional antes del 1 de enero de 2026. Deberás desistir de la solicitud de asilo para acogerte.
- D.A. 21.ª: vía general para personas en situación irregular que estuvieran en España antes del 1 de enero de 2026. Requiere acreditar además una de tres vías alternativas (laboral, familiar o vulnerabilidad).
Para el detalle de requisitos y documentación, ver cómo prepararse.
Cómo presentar
- Telemática: con certificado digital, cl@ve o a través de una entidad colaboradora inscrita en el RECEX (Registro Electrónico de Colaboradores de Extranjería).
- Presencial: cita previa en el 060 o por internet. Desde el 20 de abril de 2026.
Qué NO hacer
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